El acuerdo con la demanda, que busca despenalizar el aborto en Colombia, la Oficina del Fiscal General encabezada por el Fiscal General, Margarita Cabello envió comentarios y conceptualización de la Corte Constitucional, que considera que debe ser el Congreso, que regula esta cuestión. Aborto y el alcance de las prerrogativas de la interrupción voluntaria del embarazo no debería tener ningún problema, que se regulan en el Congreso «, dijo el fiscal encargado al caso.
La demanda de despenalización del aborto en Colombia, Causa Hust moción presentada en el Tribunal Constitucional, pidiendo a la corte para permitir el aborto por completo. Fuentes fiscal señaló que la propuesta es consistente con la misma corte, que tuvo lugar en este caso.
Entonces el congreso puede prohibir.
A pesar de que la posición básica del Comisionado, el concepto es, ya que significa que el Congreso puede prohibir incluso completamente aborto. «Para el Ministerio de Administración Pública, de acuerdo con el valor constitucional de la vida de aquellos que aún no han nacido, el Congreso puede decidir castigar a la regla, un aborto sin dicha delimitación contradice la sola a la construcción descrita anteriormente, sobre todo cuando la decisión política al más alto reservado para el gobierno, que tiene la legitimidad democrática para tomar tales medidas», dice el documento. Desde 2006, se permite el aborto en Colombia por tres razones. malformaciones fetales incompatibles con la vida sexual, o un riesgo para la vida o salud de la madre
¿El fiscal dijo que no es un derecho fundamental?
Cabello sostiene que el aborto voluntario no debe entenderse como un derecho fundamental. Se protege la vida desde la concepción y la procreación. Aunque Fernando Carrillo (ex fiscal), la libertad de interrumpir un embarazo debe considerarse como un derecho fundamental en este caso una mujer. Sí, ha pedido a la Corte Constitucional declaró requisitos frenadas antes de aplicar a la despenalización completa de esta práctica. puntos a dos conclusiones documentar Cabello Fiscal: en primer lugar, el Congreso la facultad de determinar la cantidad de la despenalización del aborto. En segundo lugar, el país no lo es. la realidad de la corte legal en 2006 que legalizó el aborto en tres casos, y que las autoridades son las que se encuentran.